Cuando hablamos de Whistleblowing y hacemos una traducción literal de la palabra nos podemos llevar una sorpresa si no le damos el sentido correcto. En este caso la traducción viene de hacer sonar un silbato. Es decir, una especie de símil con una llamada de atención o queja dentro de la empresa.

El Whistleblowing, por lo tanto, dentro de la empresa, se refiere a la denuncia por parte de una persona o trabajador ante el incumplimiento de la compañía sobre alguno de sus acuerdos. Es un término que ha tomado mucha relevancia en los últimos años y del que recientemente ha sido renovada su legislación.

Nueva Directiva Comunitaria: Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo

Es curioso observar como a estas alturas la Unión Europea haya decidido legislar de manera conjunta a todos los países, en cuanto a las normas internas dentro de las empresas. Aunque si lo analizamos bien es normal que lo hagan debido a la amplia variedad de legislaciones que existen en los países pertenecientes a la Unión Europea e incluso por la falta de normativa en algunos de ellos.

Por otra parte, se busca el proteger la figura del denunciante. En muchos países es habitual ver cómo se martiriza esta figura, aplicándole términos injustos en la mayoría de las ocasiones.

El principal contenido de esta nueva Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, es la norma que existe sobre la obligatoriedad de la implantación de diversos canales de denuncia en empresas que tengan más de 50 trabajadores. Estas lo deberán incorporar a más tardar el 17 de diciembre de 2021.

En la directiva también se destaca la posibilidad de denunciar irregularidades vinculadas al entorno profesional cuando este vulnere el Derecho de la UE 2. En él, entran las materias como la contratación pública, prevención del blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, protección de datos personales… entre otras.

Asimismo, se añade que no solo los empleados de la empresa pueden denunciar por lo actos anteriormente nombrados, sino que también los demás participantes de la empresa, como pueden ser accionistas, proveedores o administradores. Por otro lado, también se da pie a que candidatos a puestos de trabajo o exempleados hagan uso de esta normativa si conocen alguna irregularidad.

Protección del denunciante

Esta normativa quiere velar por la protección del denunciante, incluyendo así algunas defensas contra la dificultad social que implica la denuncia. Es por ello, que la legislación sobre el Whistleblowing incluye una lista de protecciones a todos los niveles para garantizar la seguridad del denunciante. A continuación, comentamos algunas de las que consideramos mas importantes:

  • La empresa no podrá tomar ningún tipo de represalia sobre el denunciante.
  • Se protegerá al denunciante de cualquier tipo de sanción por parte de la empresa como consecuencia de la denuncia.
  • Deberá haber un asesoramiento integral sobre el canal de denuncia
  • Se protegerá ante el incumplimiento de las cláusulas de confidencialidad.

Obligaciones para las empresas

Esta nueva normativa también conlleva algunas obligaciones para las empresas a la hora de reglamentar sus procedimientos de denuncia interna.  Entre las nuevas modificaciones destacan:

  • La tramitación de las denuncias recibidas debe realizarse de manera diligente e imparcial, por parte de un departamento interno específico o con un equipo de asesoría externa cualificada.
  • El plazo máximo para resolver las denuncias será entre 3 y 6 meses.
  • Se obliga a mantener la confidencialidad de la persona que ha denunciado, de sus datos personales. Se hace obligatorio un registro duradero y accesible.
  • Solo el personal encargado del tratamiento de los documentos tendrá accesibilidad a ellos.
  • Se requiere una investigación rigurosa de manera interna de los hechos, aunque no se especifica de qué manera.

 

Esta Directiva entró en vigor el 17 de diciembre 2019, con un plazo de transposición de dos años (17 de diciembre de 2021).

No obstante, para su implantación en entidades jurídicas del sector privado de 50 a 249 trabajadores, se establece un plazo especial (4 años), es decir hasta el 17 de diciembre de 2023.

Sin perjuicio de este plazo, recomendamos ir adaptando los procedimientos de denuncia internos a la normativa europea, cuanto antes.

 

 

Si tu compañía requiere asesoramiento en esta materia, en Lex Control te podemos ayudar. Contacta con nosotros para informarte.

Por otra parte, empleados/as, clientes, usuarios, proveedores o cualquier persona que tenga contacto con nuestros servicios pueden acceder al Canal de Denuncias de Lex Control, y denunciar y/o comunicar cualquier posible conducta irregular, poco ética o inapropiada en su empresa.