Plan de Igualdad

Real Decreto 901/2020 sobre Planes de Igualdad en la Empresa.
Real Decreto 902/2020 de Igualdad Retributiva entre hombres y mujeres.

¿Cuándo es obligatorio elaborar un Plan de Igualdad y el Registro Retributivo?

Plan de Igualdad

Gráfico que indica la normativa obligatoria del Plan de Igualdad desde 151 a 250 trabajadores
Gráfico que indica la normativa obligatoria del Plan de Igualdad desde 50 a 100 trabajadores

Los planes de igualdad deben incluir una Auditoría Retributiva

Registro Retributivo

Icono lineal de documento Registro Retributivo con sello elaborado por Lex Control

Es obligatorio para todas las empresas llevar un Registro Retributivo, incluidos directivos y altos cargos, para aplicar el principio de Transparencia retributiva.

El Reglamento sobre Igualdad Retributiva (RD 902/2020) entra en vigor el 14 de abril de 2021. 

Dos trabajadores de Lex Control con gafas, mirando a cámara y planificando Plan de Igualdad

¿Qué es y qué conlleva el Plan de Igualdad?

Para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, las empresas están obligadas a negociar con los representantes de los trabajadores diversas medidas que abarcan desde el acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo y prevención contra el acoso. Todo ello se concreta en un plan de igualdad que debe fijar los objetivos, estrategias y sistemas de evaluación del mismo. Es posible negociar con una comisión ad hoc cuando no hay representación legal de los trabajadores, pero si posteriormente se eligen representantes hay que volver a negociar de nuevo con ellos el plan de igualdad.

Descubre las principales medidas que han de tomar las empresas en 2021 relativas al principio de igualdad entre mujeres y hombres.

Fases del plan de igualdad

1. Constitución de una comisión negociadora

Constitución de una comisión negociadora.

2. Recopilación y análisis de datos. Realización del diagnóstico.

Recopilación y análisis de datos. Realización del diagnóstico.

Diseño del plan de igualdad y registro. Objetivos, medidas, indicadores y registro del Plan.

Diseño del plan de igualdad y registro. Objetivos, medidas, indicadores y registro del Plan.

Implantación y seguimiento, comprobando el grado de desarrollo de las medidas.

Implantación y seguimiento, comprobando el grado de desarrollo de las medidas.

Evaluación del plan, valorando el grado de consecución de los objetivos y resultados.

Evaluación del plan, valorando el grado de consecución de los objetivos y resultados.

¿Cómo lo hacemos en Lex Control®?

Lo primero, es preparar el registro de salarios y, si fuera necesario, redefinir la estructura retributiva de las nóminas, modificando los complementos salariales y aplicando los más idóneos, en coordinación con el registro de jornada. Seguidamente se realiza in situ la valoración de los puestos de trabajo, graduando responsabilidades, formación y aptitudes necesarias. Y asignamos niveles de riesgo objetivo a cada puesto, al objeto de poder integrarlo en la gestión del gobierno corporativo, los recursos humanos, y del sistema de cumplimiento en la empresa (compliance).

Trabajadora de Lex Control sonriente en una reunión de planificación de Plan de Igualdad

Una herramienta indispensable para abogados y asesores de empresas

Una única plataforma para gestionar y supervisar el cumplimiento de las normas en todas sus empresas clientes. El profesional podrá ofrecer un exclusivo valor añadido a sus servicios, identificando contingencias y evitando perjuicios patrimoniales y reputacionales tanto a la empresa como a sus administradores.
Consúltanos