Plan de Igualdad

Real Decreto 901/2020 sobre Planes de Igualdad en la Empresa.
Real Decreto 902/2020 de Igualdad Retributiva entre hombres y mujeres.

¿Cuándo es obligatorio elaborar un Plan de Igualdad y el Registro Retributivo?

Plan de Igualdad

Desde 151 a 250 trabajadores
Desde 101 a 150 trabajadores

Los planes de igualdad deben incluir una Auditoría Retributiva

Registro Retributivo

Es obligatorio para todas las empresas llevar un Registro Retributivo, incluidos directivos y altos cargos, para aplicar el principio de Transparencia retributiva.

El Reglamento sobre Igualdad Retributiva (RD 902/2020) entra en vigor el 14 de abril de 2021. 

Plan de igualdad

¿Qué es y qué conlleva el Plan de Igualdad?

Para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, las empresas están obligadas a negociar con los representantes de los trabajadores diversas medidas que abarcan desde el acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y formación, retribuciones, ordenación del tiempo de trabajo y prevención contra el acoso. Todo ello se concreta en un plan de igualdad que debe fijar los objetivos, estrategias y sistemas de evaluación del mismo. Es posible negociar con una comisión ad hoc cuando no hay representación legal de los trabajadores, pero si posteriormente se eligen representantes hay que volver a negociar de nuevo con ellos el plan de igualdad.

Descubre las principales medidas que han de tomar las empresas en 2021 relativas al principio de igualdad entre mujeres y hombres.

Fases del plan de igualdad

1. Constitución de una comisión negociadora

Constitución de una comisión negociadora.

2. Recopilación y análisis de datos. Realización del diagnóstico.

Recopilación y análisis de datos. Realización del diagnóstico.

Diseño del plan de igualdad y registro. Objetivos, medidas, indicadores y registro del Plan.

Diseño del plan de igualdad y registro. Objetivos, medidas, indicadores y registro del Plan.

Implantación y seguimiento, comprobando el grado de desarrollo de las medidas.

Implantación y seguimiento, comprobando el grado de desarrollo de las medidas.

Evaluación del plan, valorando el grado de consecución de los objetivos y resultados.

Evaluación del plan, valorando el grado de consecución de los objetivos y resultados.

¿Cómo lo hacemos en Lex Control®?

Lo primero, es preparar el registro de salarios y, si fuera necesario, redefinir la estructura retributiva de las nóminas, modificando los complementos salariales y aplicando los más idóneos, en coordinación con el registro de jornada. Seguidamente se realiza in situ la valoración de los puestos de trabajo, graduando responsabilidades, formación y aptitudes necesarias. Y asignamos niveles de riesgo objetivo a cada puesto, al objeto de poder integrarlo en la gestión del gobierno corporativo, los recursos humanos, y del sistema de cumplimiento en la empresa (compliance).

¿cómo lo hacemos en lex control?

Una herramienta indispensable para abogados y asesores de empresas

Una única plataforma para gestionar y supervisar el cumplimiento de las normas en todas sus empresas clientes. El profesional podrá ofrecer un exclusivo valor añadido a sus servicios, identificando contingencias y evitando perjuicios patrimoniales y reputacionales tanto a la empresa como a sus administradores.

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